La Asamblea Nacional aplica el Código de la Democracia: ¿Cumplimiento normativo o maniobra política?

Con 79 votos a favor, el Pleno de la Asamblea Nacional dispone licencias sin remuneración para asambleístas candidatos, mientras Esther Cuesta asume temporalmente la Presidencia.

La Asamblea Nacional de Ecuador aprobó con 79 votos a favor la aplicación estricta del artículo 93 del Código de la Democracia, obligando a los asambleístas candidatos a elección popular a tomar licencia sin remuneración del 5 al 9 de febrero de 2025. Esta medida, que busca garantizar la transparencia electoral, ha generado debate sobre su impacto en la dinámica legislativa y política del país.

La Asamblea Nacional aplica el Código de la Democracia: ¿Cumplimiento normativo o maniobra política?
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El Pleno de la Asamblea Nacional de Ecuador tomó una decisión histórica al exigir que todos los asambleístas que buscan la reelección tomen una licencia sin remuneración durante el periodo de campaña electoral, del 5 al 9 de febrero de 2025. Esta medida, respaldada por 79 votos, se basa en el artículo 93 del Código de la Democracia, que busca evitar conflictos de interés y garantizar la imparcialidad en los procesos electorales.

La presidenta de la Asamblea, Viviana Veloz, destacó que esta decisión está respaldada por una sentencia interpretativa de la Corte Constitucional de 2010, la cual aclara que el cumplimiento de este requisito es obligatorio. “No se trata de una opción, sino de una obligación legal que debemos respetar para fortalecer la democracia”, afirmó Veloz durante el debate.

Sin embargo, no todos los legisladores estuvieron de acuerdo. Jorge Chamba, asambleísta y candidato a la reelección, declaró que “no vamos a pedir licencia”, argumentando que esta medida podría afectar la continuidad de los trabajos legislativos. Por su parte, Pedro Velasco recordó que presentó su solicitud de licencia desde el 17 de diciembre de 2024, cumpliendo con la normativa de manera anticipada.

La Asamblea Nacional aplica el Código de la Democracia: ¿Cumplimiento normativo o maniobra política?

Además, el Pleno designó a Esther Cuesta, Primera Vocal del Consejo de Administración Legislativa (CAL), como presidenta temporal de la Asamblea durante este periodo. Cuesta asumirá el cargo del 5 de enero al 9 de febrero de 2025, mientras Veloz y los vicepresidentes toman licencia por ser candidatos a la reelección.

La aplicación del Código de la Democracia en la Asamblea Nacional marca un hito en la transparencia electoral de Ecuador, pero también plantea desafíos para la continuidad legislativa. ¿Será esta medida un paso hacia una democracia más limpia o un obstáculo para la eficiencia del poder legislativo?

Fuente: prensa.ec

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